El Pleno Municipal ha aprobado la puesta en marcha de una ordenanza de venta ambulante y mercados para mejorar la regulación de este tipo de comercio en el municipio.
La Ordenanza, compuesta por 30 artículos, incluye los requisitos para el ejercicio del comercio fuera de establecimientos comerciales, el procedimiento de concesión de plazas vacantes para comerciantes y las sanciones en caso de cometer infracciones.
Miércoles 30 de septiembre de 2015. El Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, a través del Pleno Municipal, ha aprobado la puesta en marcha de una ordenanza de venta ambulante y mercados para mejorar la regulación de este tipo de comercio en el municipio.
Concretamente, la ordenanza tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la ordenación y vigilancia de la venta que se realiza en el término municipal de Puerto Lumbreras por comerciantes fuera de establecimiento comercial permanente de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en lugares debidamente autorizados y en instalaciones comerciales desmontables o transportables.
El concejal de Mercados, Juan Francisco Carrillo, ha explicado que "con esta medida pretendemos mejorar la regulación del mercado y de la venta ambulante, así como facilitar a los ciudadanos el acceso a los permisos de venta".
En este sentido, la Ordenanza, compuesta por 30 artículos, incluye los requisitos para el ejercicio del comercio fuera de establecimientos comerciales, el procedimiento de concesión de plazas vacantes para comerciantes, las sanciones en caso de cometer infracciones. Además, en la ordenanza se indica el emplazamiento, horario y número de puestos para los mercadillos y venta ambulante.
Así, entre los requisitos destaca tener el carné profesional de comercio ambulante o documentación equivalente, estar dado de alta en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social y tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de la actividad comercial. En cuanto a la actividad, es requisito tener expuesto al público los precios de venta de las mercancías y tener a disposición de los consumidores hojas de quejas.
Además, la ordenanza establece que se restringe la utilización de aparatos de megafonía y los titulares de las autorizaciones serán responsables de dejar limpio el lugar de venta de todos los residuos, embalajes y cualquier tipo de basura generada, que deberá depositarse en los contenedores dispuestos para tal fin.
Respecto a las autorizaciones, la ordenanza señala que las autorizaciones fuera de establecimientos comerciales permanentes se concederán por la Junta de Gobierno Local, o mediante delegación a favor de la concejalía competente. Asimismo, las autorizaciones de venta serán personales e intransferibles.
Por último, cabe destacar que esta ordenanza está adaptada a la Ley de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.